Los comentarios que serán expuestos a continuación deben considerarse como preliminares dado que el texto definitivo que vinculará a ambos países no fue aún presentado. No obstante, teniendo en cuenta el avanzado estado de las negociaciones, es altamente probable que el Acuerdo no se alejará sustancialmente de los lineamientos expuestos en el mandato negociador.
Se considera que el Acuerdo que finalmente se alcance debe basarse en otro mandato negociador dado que de plasmarse en un texto jurídico terminará generando fuertes tensiones entre los Estados Unidos y nuestro país.
El contexto de la negociación.
El actual gobierno de los Estados Unidos en un momento de pérdida de popularidad y necesitado de resultados positivos pudo vanagloriarse del fácil éxito alcanzado en cuatro negociaciones contra indefensos países alineados como Argentina, Ecuador, El Salvador y Guatemala. En algunos casos se trata de gobiernos muy cuestionados por el funcionamiento de sus instituciones democráticas y por la falta de respeto a los derechos humanos. La Argentina se ubica con esas naciones latinoamericanas por el simple hecho de su total dependencia de la Reserva Federal en materia financiera, expresada en el reciente “salvataje” de la administración republicana al gobierno argentino.
Está claro que el resultado de la negociación no podría ser bueno a la luz de la abismal diferencia en la relación de fuerzas políticas, económicas y técnicas entre los dos equipos que llevaron a cabo las negociaciones. Nuestro gobierno estaba como nunca antes predispuesto a conceder a Washington, ya no sólo por predisposición ideológica, sino también por debilidad evidente.
La negociación se producía asimismo en el marco de la “guerra comercial” global que la administración de Estados Unidos desencadenó para proteger su producción local de toda competencia externa. El desconocimiento de sus compromisos con el sistema multilateral de comercio en la OMC le permitió elevar unilateralmente aranceles consolidados en múltiples rondas de negociación en el GATT sin otorgar compensación alguna.
Luego Estados Unidos, abusando de su mayor poderío político y económico, a través de negociaciones, pudo obtener mejores condiciones de acceso para sus empresas, bienes y servicios en mercados extranjeros, reduciendo solamente de manera parcial los aranceles elevados previamente.
Llama la atención que paradójicamente la Declaración conjunta señale que el marco para un Acuerdo sobre Comercio Recíproco va a crear un ambiente “transparente y basado en reglas”, cuando precisamente todo el esfuerzo norteamericano apunta a desmantelar de manera selectiva la normativa internacional contenida en la OMC. No está demás señalar que el futuro acuerdo bilateral “recíproco” no brindará garantía alguna de acceso a nuestro país dado que se ha aceptado como “normal” el discrecional comportamiento de Washington en materia comercial y el presente acuerdo no estará enmarcado en la normativa de la OMC, que por otra parte ha dejado de representar una barrera para el accionar unilateral de las grandes potencias.
El contenido del mandato negociador.
En ese contexto concentraremos nuestro análisis en el mandato negociador acordado con Estados Unidos en dos terrenos diferentes, a saber: el impacto del acuerdo sobre la inserción económica internacional de la Argentina y el equilibrio de las concesiones intercambiadas entre nuestro país y Washington.
No está de más recordar que la interpretación del cumplimiento del eventual acuerdo que sea firmado por nuestro país con Estados Unidos, al estar desconectado de las normas y disposiciones de la OMC, estará expuesta a la discrecionalidad de Washington. A la luz de la evidente asimetría existente en la relación de fuerzas entre nuestro país y la superpotencia norteamericana, de existir alguna discrepancia sobre la aplicación del eventual Acuerdo, la Argentina se encontrará en una situación de extrema vulnerabilidad para responder a la presión de Estados Unidos.
El impacto sobre la inserción internacional de la Argentina
El mandato negociador hace explícito, tal vez como nunca antes, las prioridades estratégicas de Estados Unidos respecto a nuestro país y deja en evidencia el hecho de que la Argentina acepta el papel de país subordinado en un área de influencia, “patio trasero”, de Washington. De transformarse el mandato negociador en un Acuerdo, se reducirán claramente los márgenes de acción de nuestro país con terceros Estados o nos encontraremos ante una innecesaria situación conflictiva con Washington.
Es tal vez útil recordar que un alineamiento comercial automático con Estados Unidos o con cualquier otro país, va en contra de toda lógica económica. Para el desarrollo futuro de la Argentina lo más conveniente es estar abiertos a poder negociar con los proveedores más económicos, acceder a las tecnologías más ventajosas, recibir las inversiones que generen mayores beneficios y vender en los mercados más convenientes.
El mandato negociador implícitamente nos señala que nuestro país quedará “amurallado” en una zona de influencia norteamericana con un poderoso país que ha tomado la decisión de llevar adelante una política deliberadamente proteccionista y que desea tener una clara injerencia en nuestras decisiones comerciales.
Por ejemplo, el párrafo sobre alineamiento en seguridad económica está direccionado fundamentalmente a reducir la autonomía de nuestro país para elegir el socio comercial o inversor externo más conveniente. De aprobarse esta cláusula y varias otras, la Argentina dejaría de ser considerada como un socio confiable para terceros países dado que las decisiones nacionales sobre comercio exterior o sobre inversión extranjera estarían bajo la supervisión de Washington.
Un aspecto que debe quedar en claro es que de cumplirse el mandato negociador, quedará sumamente debilitado el proceso de integración regional que tantos beneficios ha brindado, estratégicos, políticos y económicos. Nuestro país no negocia en forma conjunta con sus socios del Mercosur y está incumpliendo las disposiciones acordadas en el Tratado de Asunción. El criterio de acceso a los mercados nacionales de los socios del Mercosur de ahora en más no va a ser definido en coordinación. Nada impide ahora a Brasil, país que representa tres cuartas partes del mercado del Mercosur, negociar un acuerdo similar con Washington eliminando por ejemplo el acceso preferencial que otorga a nuestro país para productos agropecuarios y alimentos o para el sector automotriz.
Asimismo, el eventual acuerdo generará tensiones con socios de fuera de la región como la Unión Europea, China y otras economías emergentes. Son varias las disposiciones que se enuncian en el mandato negociador -como por ejemplo las relacionado con indicaciones geográficas- que van en contra de lo acordado entre el Mercosur y la Unión Europea.
Debe tenerse presente que los países del resto del mundo que se sientan afectados tomarán en cuenta las decisiones comerciales argentinas y responderán con medidas equivalentes o mayores si consideran que nuestro país actúa de manera no conforme a los compromisos internacionales asumidos. En materia de comercio exterior no existen “almuerzos gratis” y la vulnerable Argentina corre el riesgo de pagar con creces sus incumplimientos.
El equilibrio en las concesiones bilaterales intercambiadas.
Teniendo en cuenta que el mandato negociador coloca a nuestro país claramente en una “zona de influencia norteamericana”, hubiera cabido esperar que en contrapartida la delegación argentina hubiera logrado significativas concesiones comerciales en el plano bilateral. Lamentablemente, la lectura del mandato señala que dichas contraprestaciones no ocurrirán.
Tal vez el único beneficio tangible de corto plazo es un potencial mejor acceso para nuestras exportaciones de carne bovina en un momento de presión inflacionaria de dicho producto en el mercado norteamericano. Esta situación ya obligó a Washington a reducir su protección para dicho producto a terceros países que no debieron efectuar concesión alguna. Asimismo,
debemos tener presente que el eventual otorgamiento de una cuota de carne bovina no será vinculante de manera alguna, dado que no estará consolidada en la lista de concesiones arancelarias en la OMC o respaldada por un acuerdo de libre comercio amparado en el artículo XXIV del GATT. Es decir que muy posiblemente cuando las condiciones del mercado interno de Estados Unidos cambien, la Secretaría de Comercio de Estados Unidos no dudará en reducir o eliminar este compromiso que no tiene cobertura jurídica alguna.
Siendo de público conocimiento que la relación comercial bilateral es estructuralmente deficitaria para la Argentina con Estados Unidos, llama la atención que el mandato señale que se buscará una relación comercial bilateral “más equilibrada”, lo que haría pensar en mejoras de acceso al mercado de Estados Unidos para nuestra oferta exportable. Sin embargo, es nuestro país el que se compromete a otorgar una larga lista de concesiones de diversa naturaleza en todos los temas, lo que seguramente no favorecerá un mayor equilibrio en los intercambios bilaterales.
El mandato negociador recoge una multiplicidad de reclamos históricos de Washington que serán seguramente convalidados, con alto grado de probabilidad, en el Acuerdo. Nosotros nos limitaremos a enumerar solamente algunas de las concesiones más evidentes otorgadas por los negociadores argentinos.
Nuestro país acepta públicamente conceder un acceso “preferencial” a los Estados Unidos para las exportaciones norteamericanas en una serie de importantes sectores, lo que representaría una clara violación de disposiciones centrales de la OMC. De esta manera, la Argentina se suma al ataque al sistema multilateral de comercio basado en reglas de la actual administración de Estados Unidos. Es menester reiterar que las normas que emanan de la OMC y el GATT son en última instancia las que ponen límites al accionar de los poderosos. Además, al comprometerse nuestro país en dejar en desventaja a otros proveedores generaremos seguramente una reacción de terceros países.
Pero nuestros compromisos van mucho más allá de los aranceles. El mandato señala que la Argentina se encontrará obligada a desmantelar barreras no arancelarias a las exportaciones americanas como licencias de importación, formalidades consulares y el impuesto estadístico.
Asimismo, nuestro país se compromete a aceptar que entren en el mercado argentino los productos de Estados Unidos que cumplen con sus estándares o los internacionales. Es decir que se dará una suerte de extraterritorialidad en el mercado argentino a toda legislación que surja en Estados Unidos en materia comercial. Se señala puntualmente que la Argentina va a aceptar la importación de vehículos manufacturados en los Estados Unidos en conformidad con los estándares de emisión norteamericanos y se aceptarán los certificados otorgados por la Administración de Alimentación y Medicamentos norteamericanos.
Inclusive más significativas y también más difíciles de cuantificar son las concesiones que otorga nuestro país en materia de propiedad intelectual. La Argentina se compromete a resolver los reclamos de la Secretaría de Comercio de Estados Unidos contenidos en el informe especial 301
de 2025, incluyendo el criterio para patentar, el atraso en las solicitudes de patentes no examinadas, indicaciones geográficas, etc. Además, se obliga a alinear el régimen argentino con los estándares internacionales. No está de más recordar que quien juzgará la correcta aplicación de dichos estándares será en última instancia la Secretaría de Comercio de los Estados Unidos.
Las concesiones anunciadas en materia de patentes farmacéuticas no sólo eliminarán fuentes de empleo en nuestro país, seguramente generarán incrementos en los precios internos de los medicamentos y afectarán los presupuestos de Salud y del PAMI. El Estado argentino o quienes utilicen estos medicamentos terminarán pagando esta concesión de los negociadores de nuestro país, lo que implicará una salida de divisas.
Llama la atención también el compromiso de nuestro país de abrirse al comercio de productos agrícolas con un país con una larga tradición de masivos subsidios distorsivos y prácticas comerciales proteccionistas en el sector agropecuario. Se señala que se permitirá el ingreso de productos de la avicultura, entre otros compromisos de acceso, en menos de un año. Asimismo, la Argentina se compromete a simplificar el sistema de registro de productos de Estados Unidos de carne bovina, carne porcina y productos lácteos.
Conclusión
El mandato negociador acordado evidentemente contradice las posiciones defendidas por generaciones de negociadores argentinos que defendieron con inteligencia y dignidad a los productores nacionales y buscaron preservar los mayores márgenes de autonomía comercial posibles para el país.
La lectura del mandato negociador hace evidente también que de haber habido alguna contraprestación a cambio de todas las concesiones que el gobierno argentino se compromete a realizar en el acuerdo, esta no se expresará en el área comercial.
Cabría recordar a las autoridades nacionales que en la Primera Conferencia Panamericana de 1892, ante el reclamo de Estados Unidos de América para los americanos, nuestra delegación respondió en defensa de los intereses nacionales “América para la humanidad”.
Finalmente se considera que de transformarse dicho mandato negociador en un Acuerdo, constituirá una fuente de tensión permanente entre ambos países, lo que se debe a todas luces evitar.